El Congreso de Sonora dio un primer paso en el apoyo a la inclusión de las niñas, niños y adolescentes con Trastorno del Espectro Autista, al aprobar que los maestros y maestras de intervención o sombra sean parte del desarrollo escolar de las y los educandos que cuentan con esa condición, bajo un esquema de servicio social en los niveles de educación básica.
Se trata del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la atención y protección a personas con la condición del Espectro Autista para el Estado de Sonora y de la Ley de Educación del Estado de Sonora, cuyo dictamen fue presentado en la sesión ordinaria por las comisiones de Salud y de Educación y Cultura, en forma unida.
Ambas dictaminadoras estudiaron la iniciativa que en octubre de 2021 presentara ante el Pleno del Congreso el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que entonces planteó la necesidad de que, desde el gobierno, se fortalezcan y promuevan los derechos de niñas, niños y adolescentes con TEA, mediante la generación de herramientas que permitan construir políticas públicas que impacten en su desarrollo personal, familiar y social.
A nombre de las comisiones, la diputada Sagrario Montaño Palomares dio lectura al dictamen que establece en la Ley para la atención y protección a personas con la condición del Espectro Autista para el Estado de Sonora, insertar en las definiciones la figura del maestro y maestra de intervención o sombra, definiéndola como la persona con conocimientos en el TEA, que crea un puente de comunicación y entendimiento entre el niño y el ambiente escolar y, en general, con el entorno social.
Se reconoce como derecho de estas personas y sus familias, el registro en una base de datos estatal; se establece la atribución para que las secretarías de Salud y de Educación y Cultura, integren una base de datos con los registros de las personas con autismo y sus familias; y a través de la red hospitalaria y de los centros de salud del Estado, contar con los cuidados apropiados para su salud mental, física y social, con acceso a detección temprana, destaca en el Decreto.
Asimismo, establece una serie de acciones que deberá realizar la SEC para fortalecer que el Sistema Educativo Estatal sea inclusivo y equitativo; efectivo en cobertura; eficaz en la calidad y en la atención; apegado a la estrategia de diseño universal; garante de la plena inclusión social, educativa y laboral; y en la Ley de Educación se adiciona un Artículo 19 BIS, a efecto de que los y las maestras de intervención o sombra sean parte del desarrollo escolar de las y los educandos con TEA.
En esta sesión ordinaria, la asamblea aprobó un dictamen presentado por la Comisión de Educación y Cultura, con proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Educación del Estado de Sonora, en materia de gestión menstrual, a efecto de que esta se garantice, de manera digna, a niñas y adolescentes.
La dictaminadora estudió la iniciativa que el pasado 8 de septiembre presentaran ante el Pleno las y los integrantes del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, quienes expusieron que la gestión menstrual es materia legislativa irreductible para avanzar en la protección de sus derechos, para lo cual deben derribarse barreras sociales a través de la generación de marcos jurídicos en los que se reconozca ese importante proceso biológico.
De acuerdo a los considerandos del dictamen, al que dio lectura la diputada Rosa Elena Trujillo Llanes, es necesario propiciar la creación de una política pública estatal que atienda a las personas que viven en contextos sociales con mayor grado de
vulnerabilidad, además de que, para fortalecer el desarrollo integral humano, la prestación de servicios educativos debe combatir la discriminación originada por la falta de información sobre la menstruación y del acceso a insumos de gestión menstrual.
Se faculta a la Secretaría de Educación y Cultura para emitir opiniones en planes y programas referentes a la salud menstrual; se establece la atribución a la SEC para lograr la equidad en educación, de establecer, de acuerdo con la suficiencia presupuestal, programas de entrega gratuita de productos de higiene menstrual y de espacios sanitarios necesarios para garantizar la gestión menstrual digna de las niñas y adolescentes.
La dictaminadora consideró que la falta de acceso a la salud menstrual digna tiene repercusiones importantes también en el ejercicio del derecho a la educación, ya que el ausentismo escolar provocado por los periodos menstruales, contribuyen a la deserción y a la discriminación escolar.